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NegociosActualizado:Sat Sep 20 2025 00:00:00 GMT+0000 (Coordinated Universal Time)

IVU explicado: cómo cobrarlo, cuándo radicar, y cómo evitar multas.

El Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) aplica a casi todo negocio en PR. Esta es la guía rápida para mantenerte al día con Hacienda.

El IVU (Impuesto sobre Ventas y Uso) es el equivalente puertorriqueño al sales tax estatal. Si vendes bienes o servicios sujetos al IVU, tienes obligaciones de inscripción, cobro y radicación.

Tasas vigentes

  • 10.5% estatal (parte de Hacienda).
  • 1% municipal (parte del municipio donde está la transacción).
  • Total: 11.5% en la mayoría de las transacciones.

Algunos productos y servicios tienen tasas especiales o están exentos (medicinas recetadas, comida sin preparar, ciertos servicios profesionales). Te ayudamos a determinar qué aplica a tu negocio.

Inscripción

Antes de cobrar IVU, tu negocio debe estar:

  1. Registrado como comerciante en SURI.
  2. Tener un Certificado de Registro de Comerciante vigente.
  3. Tener configurado el cobro de IVU en tu POS o sistema de facturación.

Radicación mensual

  • La planilla mensual de IVU se radica por SURI.
  • Vence el 20 del mes siguiente (ejemplo: el IVU de marzo se radica antes del 20 de abril).
  • Si no radicaste a tiempo, hay penalidades + intereses incluso si no cobraste IVU ese mes (la planilla "cero" igual hay que radicarla).

Errores comunes

  • No radicar la planilla "cero" en meses sin ventas.
  • Olvidar el 1% municipal en la configuración del POS.
  • No retener IVU sobre uso (compras a vendedores fuera de PR para usar en el negocio).

Cómo te ayudamos

Llevamos la planilla mensual de IVU por ti, te alertamos antes del vencimiento, y revisamos tu configuración de POS para que cobres correctamente desde el día uno.

Pregunta por WhatsApp o agenda una consulta.